Convocatoria Premio Festival Centro 2023 Programa Distrital de Estimulos para la Cultura

La Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA tiene como misión articular y gestionar la revitalización y transformación participativa del centro de Bogotá a través de su potencial creativo, el arte y la cultura. Por lo anterior, abre la convocatoria Premio Festival Centro 2023 – que busca resaltar la diversidad sonora y cultural de la ciudad, fomentando la circulación de solistas y agrupaciones musicales bogotanas, aportando a su reconocimiento a nivel local, distrital, nacional e internacional, como parte de la estrategia para el fortalecimiento de Bogotá como ciudad creativa de la música. Los ganadores serán parte de la programación del XIV Festival Centro, el cual se desarrollará en el primer bimestre del año 2023.

Se entregarán hasta diez (10) estímulos para personas naturales (solistas) o agrupaciones de cualquier género musical (conformadas por mínimo dos (2) integrantes).

Línea estratégica: Circulación

Área: Música

Número de estímulos: 10

Total de recursos: $ 40.297.670

Descripción general de los recursos a otorgar: Se otorgarán hasta diez (10) estímulos, en bolsa concursable, es decir los jurados decidirán el monto a otorgar a cada ganador de acuerdo con la propuesta presentada. Para cada estímulo se realizará un único desembolso.

Fechas importantes
Evento Fecha Descripción
Fecha de publicación 09/08/2022
Fecha de apertura 09/08/2022
Fecha de cierre 05/09/2022 17:00:00
Publicación listado de habilitados, rechazados y por subsanar 14/09/2022
Publicación de resultados de evaluación 24/10/2022
Fecha máxima de ejecución 28/02/2023

Criterios de evaluación

Ronda: GANADORES
No. Criterio Puntaje
1 Aspectos técnicos musicales (afinación, ritmo, fraseo, dinámica, equilibrio sonoro, dicción, articulación) 0 a 25
2 Calidad interpretativa (comunicación, emoción, expresión, presencia y puesta en escena) 0 a 25
3 Selección del repertorio (escogencia de las obras con relación a la propuesta artística) 0 a 20
4 Aporte creativo (adaptaciones, arreglos, instrumentación o inclusión de composiciones propias) 0 a 25
5 Si el participante (persona natural) o al menos uno de los integrantes en el caso de agrupación, reside en las localidades de Santa Fe, Los Mártires o La Candelaria. 0 a 5
Ganadores

Derechos específicos de los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2022, el ganador tendrá los siguientes derechos:

Desembolso: recibir el estímulo en un único desembolso, después de realizada la presentación o concierto, previa presentación de un informe final que dé cuenta de la ejecución de la propuesta.

Gozar de las acciones de divulgación que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuentan las entidades otorgantes para tal efecto.

Nota 1: los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja (PAC).

Nota 2: al estímulo económico se le realizarán las retenciones que apliquen según la normatividad vigente.

A partir de la fecha de envío del correo electrónico el ganador del estímulo cuenta con cinco (5) días hábiles para manifestar de forma expresa su aceptación o no. En caso de aceptar, deberá aportar los siguientes documentos por correo electrónico, para lo cual cuenta con cinco (5) días hábiles adicionales:

Carta en PDF dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA, en la que se remiten los documentos requeridos para la ejecución del estímulo. En la misma se debe manifestar expresamente la aceptación del estímulo y estar suscrita por la persona natural, o representante principal de la agrupación, según corresponda.
Fotocopia del Registro Único Tributario (RUT) legible y actualizado, de la persona natural o del representante principal de la agrupación, según sea el caso.
Certificación bancaria a nombre de la persona natural o del representante principal de la agrupación en donde consten la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega.
Certificación de afiliación activa al Sistema General de Seguridad Social en Salud. En el caso de las agrupaciones, se deberá presentar solo la certificación del representante principal de la agrupación.

Deberes específicos de los ganadores

Deberes de los ganadores en materia de derechos de autor, conexos y uso de imagen:

Los que se indican en el numeral 7.12. de las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2022.

Deberes específicos de los ganadores

Además de los contemplados en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2022, el ganador tendrá los siguientes deberes:

Acoger las recomendaciones de carácter técnico que proponga la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA, a través de la Subdirección Artística y Cultural.

Cumplir con las condiciones previstas por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA para la entrega del estímulo.

Acatar los protocolos de funcionamiento, seguridad y bioseguridad de los espacios destinados para la ejecución de la propuesta, la cual, en caso de ser necesario, deberá ser adaptada a las condiciones técnicas del lugar, o suplir bajo su cuenta y riesgo los requerimientos adicionales, en caso de que aplique.

Asistir a la visita técnica programada en la fecha y hora establecidas por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA.

Asistir al evento programado en la fecha y hora establecidas por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA.

En caso de que la presentación se realice en las instalaciones de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA, se deberán retirar los insumos y elementos utilizados una vez finalizado el evento, dentro del plazo señalado por la entidad. Vencido este plazo, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA no se hará responsable por los materiales no retirados. En caso de que el(la) ganador(a) no pueda reclamar personalmente los productos, podrá delegar en un tercero la responsabilidad mediante comunicación escrita firmada por la persona natural o el representante principal de la agrupación.

Consulta la convocatoria completa aqui

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Editor FUNLAZULI

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