Noticias Abierta convocatoria para ser parte del Consejo Nacional del Libro

El Consejo Nacional del Libro, órgano asesor y consultivo del Gobierno Nacional a través del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y el Ministerio de Educación Nacional, retomó sus sesiones el pasado martes 19 de noviembre de 2024, tras la modificación a su conformación y a sus funciones, realizada a partir del decreto 1368 de 2024. 

El Consejo integra a todas las organizaciones vinculadas al sector en el país, creando un ámbito democrático que tiene como objetivo principal asesorar y promover políticas públicas relacionadas con el libro, y por lo tanto abre esta convocatoria dirigida a: 

  • Escritores 
  • Ferias regionales 
  • Asociaciones sin ánimo de lucro en la promoción de la lectura 
  • Red de Talleres de Escritura Creativa y Tertulias Literarias – RELATA

La convocatoria, que está abierta hasta el viernes 13 de diciembre de 2024, busca a un representante de cada uno de estos gremios para ser miembro del Consejo Nacional del Libro por un periodo de dos años, que podrá reelegirse una vez más. 

Encuentre a continuación el enlace para la convocatoria: 

Los representantes serán elegidos a través de las hojas de vida presentadas, cartas de intención y otros documentos solicitados —de ser el caso— por parte de los miembros permanentes del Consejo, garantizando la diversidad regional. No podrán presentarse en esta convocatoria funcionarios públicos del sector culturas, artes y saberes o educación.  

La participación en el Consejo se realiza ad honorem y las sesiones se harán presenciales, virtuales o mixtas, de acuerdo con la disponibilidad de los consejeros.

Acerca del Consejo, algunas de sus funciones son:  

1. Asesorar al Gobierno Nacional en la formulación de políticas, planes y programas para el fomento del libro, la lectura, la escritura y la oralidad como medios esenciales de transmisión de la cultura, el conocimiento, la investigación y la ciencia y como medios integradores de la sociedad y servir como órgano consultivo de dicha instancia en las áreas propias del objeto y funciones del Consejo. 

2. Servir de espacio de encuentro y concertación entre los ministerios de las Culturas, las Artes y los Saberes y Educación, otras instituciones gubernamentales vinculadas al desarrollo del libro y la lectura, las organizaciones no gubernamentales, los creadores y productores, representantes del sector privado y demás instituciones públicas y privadas que realicen actividades en la materia. 

3. Proponer a las instancias competentes, políticas y programas de promoción de la industria editorial como estrategia de desarrollo económico y social, y promover acciones de incentivo a la exportación y comercialización del libro, como actividad de alta potencialidad económica. 

4. Promover ante las instancias competentes el desarrollo de políticas y programas, así como la aplicación de instrumentos que permitan implementar y hacer seguimiento y evaluación de los mismos, esto enfocado en la formación de lectores con el fin de contribuir a la construcción de una sociedad democrática, e impulsar el compromiso del sector educativo en la formación integral de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y personas adultas en relación e interacción con sus comunidades y la sociedad global. 

5. Impulsar la adopción de medidas de protección y de fomento a una cultura de respeto al derecho de autor y cooperar con las instituciones públicas competentes en la materia. 

6. Apoyar y promover el desarrollo de diagnósticos y estudios en las materias objeto de su competencia, así como las relaciones de cooperación y espacios de encuentro entre editores, investigadores, autores, libreros, docentes y bibliotecarios, hacia quienes estarán igualmente dirigidas las acciones del Consejo. 

Por último, el Consejo Nacional del Libro se reunirá cuando menos una vez en cada semestre calendario y podrá citar sesiones extraordinarias y crear mesas técnicas de acuerdo con los intereses de los participantes y del sector del libro.

¿Cómo está conformado el Consejo? 

Mi​embros permanentes  

El ministro de las Culturas, las Artes y los Saberes, o su delegado; el ministro de Educación Nacional o su delegado; un representante del Ministerio del Interior, a través de la Dirección Nacional de Derecho de Autor; el director del Instituto Caro y Cuervo, o su delegado; un representante de la Cámara Colombiana del Libro; un representante de la Cámara Colombiana de la Edición Independiente; un representante de la Asociación Colombiana de Literatura Infantil y Juvenil –ACLIJ; un representante de la Asociación de Editoriales Universitarias de Colombia –ASEUC; un representante de la Asociación Colombiana de Libreros Independientes –ACLI y un representante del Comité Técnico Nacional de Bibliotecas Públicas.  

Miembros por representación  

Un representante de las entidades privadas sin ánimo de lucro con experiencia en el campo de la promoción y el fomento de la lectura; un representante de la Red Relata; un representante de las Ferias Regionales del Libro, entendidas estas como las que se realizan fuera de Bogotá, y un representante de los escritores.  

Invitados permanentes  

La directora de la Biblioteca Nacional de Colombia; la directora de Estrategia, Desarrollo y Emprendimiento del Ministerio de Culturas, las Artes y los Saberes; la directora del Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe, Cerlalc; la directora de Fundalectura.  

Asimismo, la Secretaría Técnica del Consejo Nacional del Libro será ejercida por el Grupo del Libro y la Literatura de la Biblioteca Nacional de Colombia. ​

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Editor FUNLAZULI

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